por Elizabeth Palma G.
Cuando hablamos de inversionistas, la
mayoría de las personas lo asocia a personas que tienen o administran
importantes cifras de dinero. Es por ello que, en esta charla, queremos
derribar ese mito y demostrar que todos podemos ser inversionistas.
Es importante comenzar con un par de
definiciones:
Dinero: El dinero ha sido aceptado en la mayoría de las sociedades
contemporáneas como medio de pago de un bien o un servicio, es decir, el dinero
es un intercambio.
Gastar: El vocablo gastar desciende del latín “vastare” que significa
“devastar”. Este término es empleado para definir la acción de usar el dinero en algo, o
de deteriorar un objeto con su uso frecuente.
Invertir: Emplear una cantidad de dinero en un proyecto o negocio para conseguir ganancias.
Todos tenemos algún proyecto en el
cual tendremos que invertir alguna suma de dinero, ya sea un viaje, el pie para
comprar una vivienda, la educación de los hijos o derechamente pensar en
mejorar una futura jubilación y cuando pensamos en cómo financiar dicho
proyecto nos damos cuenta que tenemos tres opciones: Deuda - Ahorro e
Inversión. Está en nosotras ver que alternativa utilizaremos.
1.- DEUDA:
Cuando revisamos la salud de la deuda
de los hogares, es triste ver como cada día son más los hogares que colapsan
frente a las deudas, por ello es una de las opciones menos recomendadas a la
hora de financiar un proyecto. Acá vemos algunas estadísticas que son muy
tristes.
2.- AHORRO:
El ahorro es otra de las opciones que
podemos utilizar para financiar nuestro proyecto, no obstante, es bueno saber
que pese a ser una alternativa de bajo riesgo no está exenta de tenerlo.
3.- INVERSIÓN:
En la
práctica, casi no existen restricciones para ingresar al mundo financiero.
No obstante,
antes de hacerlo siempre es prudente tener en consideración cuál es tu objetivo
de inversión:
- Incremento de la riqueza
- Ahorro para la vivienda
- Ahorro para tus vacaciones
- Creación de un fondo para
estudio de los hijos
- Mejora en la pensión de
vejez/jubilación
TIPOS
DE INVERSIONISTAS
Consideramos como inversionistas retail o inversionista minoristas a los particulares que compran y venden valores por cuenta propia
y no para otras empresas. También por la menor magnitud de sus importes o por
su menor experiencia. Es considerado como un inversor no profesional y por eso
existen ciertas normas para su protección.
¿Cuáles
son los requisitos que tienen los inversionistas para invertir?
•Es necesario que los inversionistas sean mayores de edad (18 años).
•No existe monto mínimo para invertir.
Si ya se tomó la decisión de invertir,
antes de hacerlo es necesario considerar lo siguiente,
ya que de ello dependerá la elección respecto a con que instrumento
nos sentiremos más cómodos.
Ahora vamos a analizar tres instrumentos de inversión que son de muy fácil acceso.
A.- FONDOS MUTUOS:
¿Qué son los Fondos Mutuos?
Un fondo mutuo es una alternativa de
inversión que se compone por aportes de personas físicas y jurídicas, para
formar un patrimonio para su inversión en acciones, instrumentos de deuda o de
renta fija, o en una combinación de ambos. Estos instrumentos varían según
el tipo de fondo y los define la política de inversión regulada por
la Superintendencia de Valores y Seguros. Son administrados por sociedades
anónimas denominadas Administradoras Generales de Fondos (AGF) que son elegidas
por los propios partícipes.
Para interiorizarnos respecto a los
tipos de FFMM, pinche aquí
B.- DEPOSITO A PLAZO:
Un Depósito
a Plazo es la
suma de dinero aportada por una persona a una entidad financiera a cambio de
percibir los intereses que se generan en un periodo de tiempo establecido.
a) Perfil del
inversor
De
acuerdo con sus características económicas en cuanto al plazo de inversión,
necesidades de liquidez, perfil de riesgo y monto total dispuesto
a invertir.
b)
Maximizar la tasa del depósito
La
llamada “tasa de pizarra” es la tasa publicada por el banco para la entrada de
nuevos depósitos a plazos de entre 30 y 90 días.
c)
Ajuste la inversión al plazo de liquidez
Es
necesario ajustar el tiempo de la inversión con las necesidades de liquidez, ya
que, a mayor plazo de la inversión mayor tasa de interés.
d)
Mejor plazo superior al año
Si el
plazo del deposito es superior al año puede acogerse al 57 bis de la Ley de
Renta, que incorpora un beneficio fiscal que puede ser muy útil según las
características de la persona.
e)
Contratar vía internet
Muchos
bancos ofrecen tasas de interés mas atractivas para los productos que se
contratan por internet y teléfono, por esta vía ahorran costes en gestión de
personal y recursos.
C.- AHORRO PREVISIONAL VOLUNTARIO
El Ahorro
Previsional Voluntario (APV) es un mecanismo de ahorro que permite a las
personas dependientes e independientes, ahorrar por sobre lo cotizado
obligatoriamente en su AFP.
Existen
tres alternativas de APV:
1.Cotizaciones Voluntarias. Sólo las AFP pueden ofrecer ésta alternativa.
2.Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario
3.Depósitos Convenidos.
¿Cuáles son los beneficios del APV?
•Aumenta o anticipa la pensión:
Puede usar estos ahorros para aumentar su pensión, o anticipar la fecha de
jubilación. Asimismo, estas cotizaciones pueden compensar períodos no cotizados
o servir como ahorro para los fines que se estimen convenientes.
•Retiro de excedentes de libre disposición (ELD): Bajo el Régimen Tributario Impuesto al Retirar Letra b) usted podrá
aprovechar de beneficios tributarios al retirar sus ELD.
•Retiros anticipados / mayor liquidez
Cuáles
son los beneficios tributarios del APV?
Estas
formas de ahorro tienen importantes beneficios tributarios, permitiendo
que
el trabajador elija el régimen que afectará a sus aportes, en
consideración al
pago o exención de impuestos, al momento del aporte o retiro de los recursos de
ahorro voluntario. En consecuencia,
el afiliado podrá optar por uno de los siguientes regímenes tributarios:
A.- Régimen
Tributario Impuesto al Ahorrar (Letra A): alternativa
de tributación, bajo la cual el trabajador al momento de
ahorrar paga los impuestos correspondientes, de esta forma,
al momento de retirar el ahorro, el cliente no tributa por éste, solo lo hace
por la rentabilidad real obtenida. Adicionalmente, el
trabajador tiene derecho a un bono
fiscal del 15% del ahorro que destine a adelantar o incrementar su pensión. El bono anual no podrá ser mayor a 6 UTM ($290.00 aprox.).
B.-
Régimen Tributario Impuesto al Retirar (Letra B): es la alternativa tradicional,
bajo
la cual no se paga impuestos al hacer el ahorro, puesto que los aportes se rebajan de la base imponible del impuesto único de segunda categoría. Cuando
los fondos son retirados desde la AFP o Institución Autorizada, retienen en
calidad de impuesto único el 15% de su monto.
Finalmente, ahora que ya hemos revisado algunas alternativas para
financiar o costear nuestros proyectos, sin necesidad de endeudarnos
(enfermarnos), es bueno recordar lo que nos dice Dios respecto a la relación que
debemos tener con el dinero.
1
Timoteo 6:9-10 Los que quieren enriquecerse
caen en la tentación y se vuelven esclavos de sus muchos deseos. Estos afanes insensatos y
dañinos hunden a la gente en la ruina y destrucción. Porque la raíz de
todos los males es el amor al dinero, por el cual, codiciándolo algunos,
se extraviaron de la fe y se torturaron con muchos dolores.
Hebreos
13:5 Manténganse libres del amor al
dinero, y conténtense con lo que tienen, porque Dios ha dicho: «Nunca te dejaré; jamás te
abandonaré».
Mantengamos una sana relación con el dinero, viéndolo siempre como una
herramienta y
en ningún caso como un “Fin último”.
Excelente exposición!
ResponderBorrarComenzaré completando la encuesta para definir mi perfil!!
Gracias Ely!!
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