jueves, 30 de mayo de 2019

por Elizabeth Palma G.

Cuando hablamos de inversionistas, la mayoría de las personas lo asocia a personas que tienen o administran importantes cifras de dinero. Es por ello que, en esta charla, queremos derribar ese mito y demostrar que todos podemos ser inversionistas. 


Es importante comenzar con un par de definiciones:

Dinero: El dinero ha sido aceptado en la mayoría de las sociedades contemporáneas como medio de pago de un bien o un servicio, es decir, el dinero es un intercambio.

Gastar: El vocablo gastar desciende del latín “vastare” que significa “devastar”. Este término es empleado para definir la acción de usar el dinero en algo, o de deteriorar un objeto con su uso frecuente.

Invertir: Emplear una cantidad de dinero en un proyecto o negocio para conseguir ganancias.


Todos tenemos algún proyecto en el cual tendremos que invertir alguna suma de dinero, ya sea un viaje, el pie para comprar una vivienda, la educación de los hijos o derechamente pensar en mejorar una futura jubilación y cuando pensamos en cómo financiar dicho proyecto nos damos cuenta que tenemos tres opciones: Deuda - Ahorro e Inversión. Está en nosotras ver que alternativa utilizaremos.




1.- DEUDA:


Cuando revisamos la salud de la deuda de los hogares, es triste ver como cada día son más los hogares que colapsan frente a las deudas, por ello es una de las opciones menos recomendadas a la hora de financiar un proyecto.  Acá vemos algunas estadísticas que son muy tristes.






2.- AHORRO: 
El ahorro es otra de las opciones que podemos utilizar para financiar nuestro proyecto, no obstante, es bueno saber que pese a ser una alternativa de bajo riesgo no está exenta de tenerlo.





3.- INVERSIÓN:
En la práctica, casi no existen restricciones para ingresar al mundo financiero.
No obstante, antes de hacerlo siempre es prudente tener en consideración cuál es tu objetivo de inversión:
  • Incremento de la riqueza
  • Ahorro para la vivienda
  • Ahorro para tus vacaciones
  • Creación de un fondo para estudio de los hijos
  • Mejora en la pensión de vejez/jubilación


TIPOS DE INVERSIONISTAS
Consideramos como inversionistas retail o inversionista minoristas a los particulares que compran y venden valores por cuenta propia y no para otras empresas. También por la menor magnitud de sus importes o por su menor experiencia. Es considerado como un inversor no profesional y por eso existen ciertas normas para su protección.

¿Cuáles son los requisitos que tienen los inversionistas para invertir?
Es necesario que los inversionistas sean mayores de edad (18 años).
No existe monto mínimo para invertir. 




Si ya se tomó la decisión de invertir, 
antes de hacerlo es necesario considerar lo siguiente, 
ya que de ello dependerá la elección respecto a con que instrumento 
nos sentiremos más cómodos.







Ahora vamos a analizar tres instrumentos de inversión que son de muy fácil acceso.
A.- FONDOS MUTUOS:

¿Qué son los Fondos Mutuos? 



Un fondo mutuo es una alternativa de inversión que se compone por aportes de personas físicas y jurídicas, para formar un patrimonio para su inversión en acciones, instrumentos de deuda o de renta fija, o en una combinación de ambos. Estos instrumentos varían según el tipo de fondo y los define la política de inversión regulada por la Superintendencia de Valores y Seguros. Son administrados por sociedades anónimas denominadas Administradoras Generales de Fondos (AGF) que son elegidas por los propios partícipes. 

Para interiorizarnos respecto a los tipos de FFMM, pinche aquí

B.- DEPOSITO A PLAZO:

Un Depósito a Plazo es la suma de dinero aportada por una persona a una entidad financiera a cambio de percibir los intereses que se generan en un periodo de tiempo establecido.

a) Perfil del inversor
De acuerdo con sus características económicas en cuanto al plazo de inversión, necesidades de liquidez, perfil de riesgo y monto total dispuesto a invertir.
b) Maximizar la tasa del depósito
La llamada “tasa de pizarra” es la tasa publicada por el banco para la entrada de nuevos depósitos a plazos de entre 30 y 90 días.
c) Ajuste la inversión al plazo de liquidez
Es necesario ajustar el tiempo de la inversión con las necesidades de liquidez, ya que, a mayor plazo de la inversión mayor tasa de interés.
d) Mejor plazo superior al año
Si el plazo del deposito es superior al año puede acogerse al 57 bis de la Ley de Renta, que incorpora un beneficio fiscal que puede ser muy útil según las características de la persona.  
e) Contratar vía internet
Muchos bancos ofrecen tasas de interés mas atractivas para los productos que se contratan por internet y teléfono, por esta vía ahorran costes en gestión de personal y recursos.

C.- AHORRO PREVISIONAL VOLUNTARIO

El Ahorro Previsional Voluntario (APV) es un mecanismo de ahorro que permite a las personas dependientes e independientes, ahorrar por sobre lo cotizado obligatoriamente en su AFP.
Existen tres alternativas de APV:
1.Cotizaciones Voluntarias. Sólo las AFP pueden ofrecer ésta alternativa.
2.Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario
3.Depósitos Convenidos.


¿Cuáles son los beneficios del APV?
Aumenta o anticipa la pensión: Puede usar estos ahorros para aumentar su pensión, o anticipar la fecha de jubilación. Asimismo, estas cotizaciones pueden compensar períodos no cotizados o servir como ahorro para los fines que se estimen convenientes.
Retiro de excedentes de libre disposición (ELD): Bajo el Régimen Tributario Impuesto al Retirar Letra b) usted podrá aprovechar de beneficios tributarios al retirar sus ELD.
Retiros anticipados / mayor liquidez


Cuáles son los beneficios tributarios del APV?
Estas formas de ahorro tienen importantes beneficios tributarios, permitiendo
que el trabajador elija el régimen que afectará a sus aportes, en consideración al pago o exención de impuestos, al momento del aporte o retiro de los recursos de ahorro voluntario. En consecuencia, el afiliado podrá optar por uno de los siguientes regímenes tributarios:

A.- Régimen Tributario Impuesto al Ahorrar (Letra A): alternativa de tributación, bajo la cual el trabajador al momento de ahorrar paga los impuestos correspondientes, de esta forma, al momento de retirar el ahorro, el cliente no tributa por éste, solo lo hace por la rentabilidad real obtenida. Adicionalmente, el trabajador tiene derecho a un bono fiscal del 15% del ahorro que destine a adelantar o incrementar su pensión. El bono anual no podrá ser mayor a 6 UTM ($290.00 aprox.).

 B.- Régimen Tributario Impuesto al Retirar (Letra B)es la alternativa tradicional,
bajo la cual no se paga impuestos al hacer el ahorro, puesto que los aportes se rebajan  de la base imponible del impuesto único de segunda categoría. Cuando los fondos son retirados desde la AFP o Institución Autorizada, retienen en calidad de impuesto único el 15% de su monto. 
Finalmente, ahora que ya hemos revisado algunas alternativas para financiar o costear nuestros proyectos, sin necesidad de endeudarnos (enfermarnos), es bueno recordar lo que nos dice Dios respecto a la relación que debemos tener con el dinero. 

1 Timoteo 6:9-10 Los que quieren enriquecerse caen en la tentación y se vuelven esclavos de sus muchos deseos. Estos afanes insensatos y dañinos hunden a la gente en la ruina y destrucción. Porque la raíz de todos los males es el amor al dinero, por el cual, codiciándolo algunos, se extraviaron de la fe y se torturaron con muchos dolores.

Hebreos 13:5 Manténganse libres del amor al dinero, y conténtense con lo que tienen, porque Dios ha dicho: «Nunca te dejaré; jamás te abandonaré».




Mantengamos una sana relación con el dinero, viéndolo siempre como una
herramienta y en ningún caso como un “Fin último”.

2 comentarios:

  1. Excelente exposición!
    Comenzaré completando la encuesta para definir mi perfil!!
    Gracias Ely!!

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  2. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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